Pregunta:
En el convenio se establece un mínimo para la base imponible de la Obra social.
El cálculo surge de: 176 horas x valor hora ayudante. Si el empleado no llega a ese mínimo se liquida un concepto de retencion adicional "Ajuste OS".
En el convenio se establece un mínimo para la base imponible de la Obra social.
El cálculo surge de: 176 horas x valor hora ayudante. Si el empleado no llega a ese mínimo se liquida un concepto de retencion adicional "Ajuste OS".
Lo que no encontramos es como hacer que esa base diferencial aparezca incrementando la base 4 y 8 en el Libro de sueldos digital.
Respuesta:
En cada legajo, solapa SICOSS, subsolapa Importes tenés un campo "Número de concepto para importe adicional de obra social". Debés ingresar alli la retencion adicional por el ajuste.
Sugiero hacerlo en Procesos generales/ empleados/ Actualización masiva de legajos.
Gracias Ana! ( Axoft)
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