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viernes, 3 de noviembre de 2023

Sueldos - Aportes al RENATRE - LSD

Pregunta:
La empresa tiene empleados agrarios. Se liquida además de las retenciones comunes, el aporte del 1,5% al RENATRE. Este último concepto está asociado al codigo AFIP 810006 ( RENATRE).
Al validar el libro sale error en el aporte de un empleado que gana más del tope (actualmente 957.320,12), indicando que tiene que aportar hasta el tope. 
Teniamos idea que solo era para jubilacion, ley 19032 y obra social.

Respuesta:
La AFIP  incluye al aporte RENATRE en la Base de cálculo de la remuneración 1, y por lo tanto aplica el tope de seguridad social. 
Deberías modificar la fórmula para que funcione como la retención de jubilación. 

Gracias Santiago! ( CABA)



jueves, 5 de noviembre de 2020

Sueldos - LSD - Dto 792/20 Personal > 60 años, embarazadas y otros con mayor riesgo covid-19

Pregunta:

Cual es la forma más practica de implementarlo?

Respuesta

Una alternativa: (de acuerdo a la guía de la Afip)

1. Dar de alta la situación 50 (dto 792/20), en archivos/organismos/DGI/situaciones DGI

2. Dar de alta 1 concepto de retención o no remunerativo, cuya fórmula sea igual a la de jubilación, pero si es no remunerativo con el signo menos delante, para que lo reste. Código AFIP asociado 820000 (otros descuentos).

Se podría condicionar la  fórmula para que solo afecte a los legajos que corresponda. Ej. creando un campo adicional que indique si es personal de riesgo. Si en la empresa solo aplica a >60 años, se puede condicionar con la fecha de nacimiento del legajo. 

Para los legajos que estén comprendidos hacer una liquidación con el nuevo concepto pero sin incluir la retención de jubilación.

Gracias Mariela! 


Atención!  la gente de Tango acaba de publicar un instructivo de este tema. Podés bajarlo desde zona soporte, catalogo de documentos.  Gracias Marcos! (soporte Tango)